El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica el Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 1428/2003. Esta reforma, publicada en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 y tiene como objetivo principal aumentar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, especialmente peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal, motoristas y personas mayores.
La nueva normativa introduce cambios importantes para los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos. Se establece una edad mínima de 15 años para conducirlos, será obligatorio utilizar casco de protección y deberán emplearse elementos reflectantes durante la noche o en situaciones de baja visibilidad. Además, se refuerzan las limitaciones de circulación de estos vehículos, especialmente en vías donde puedan generar riesgos para otros usuarios.
En el caso de motocicletas y ciclomotores, la reforma introduce nuevas obligaciones de seguridad para los motoristas. Será obligatorio utilizar guantes de protección en vías interurbanas, llevar calzado cerrado en todo tipo de vías y utilizar un casco homologado conforme a la normativa vigente. También se establecen nuevas obligaciones relacionadas con el equipamiento de seguridad, incluyendo la disponibilidad de elementos reflectantes en determinados supuestos.
Respecto a los conductores de turismos, la reforma mantiene las obligaciones generales de seguridad vial y refuerza la protección de los peatones y otros usuarios vulnerables. No se autoriza aparcar en sentido contrario a la marcha en vías de doble sentido. El estacionamiento debe realizarse correctamente según el sentido de circulación permitido. La nueva normativa tampoco elimina esta prohibición ni permite dejar vehículos estacionados en sentido contrario.
En relación con los adelantamientos a ciclistas, se mantiene la obligación de extremar la precaución y respetar la distancia lateral de seguridad establecida por la normativa. La finalidad es reducir los accidentes entre vehículos a motor y usuarios de bicicleta, considerados colectivos especialmente vulnerables.
La reforma también desarrolla nuevas medidas en el ámbito urbano. Se refuerza la prioridad y protección de los peatones, especialmente de personas mayores, menores y personas con discapacidad. Además, se regulan aspectos relacionados con zonas urbanas de movilidad sostenible, restricciones medioambientales y medidas municipales para mejorar la convivencia entre vehículos y peatones.
Conductores mayores de 70 años: ¿qué cambia con la nueva normativa?
Una de las dudas más frecuentes es si la reforma del Reglamento General de Circulación establece nuevas restricciones para los conductores mayores de 70 años. La respuesta es que no existe ninguna nueva prohibición, retirada automática del permiso ni limitación general por cumplir una determinada edad.
En España no hay una edad máxima para conducir. La continuidad en la conducción depende de que el conductor mantenga las capacidades y aptitudes psicofísicas necesarias para conducir con seguridad. La DGT indica que la edad, por sí sola, no determina la pérdida del permiso de conducir.
Actualmente, los conductores mayores de 65 años deben renovar con mayor frecuencia su permiso de conducir. Para los permisos más habituales, como el permiso B de turismos y motocicletas, la renovación se realiza cada cinco años a partir de esa edad, siempre que se superen los reconocimientos médicos y psicotécnicos correspondientes.
En los reconocimientos médicos se valoran aspectos como la visión, audición, coordinación, reflejos, capacidad cognitiva y posibles enfermedades que puedan afectar a la conducción. Si durante la revisión se detecta alguna condición que pueda influir en la seguridad vial, el periodo de validez del permiso puede reducirse o establecerse alguna limitación concreta.
Por tanto, a partir de octubre de 2026, un conductor mayor de 70 años podrá seguir conduciendo con normalidad siempre que conserve las aptitudes necesarias y tenga el permiso vigente. No se exige realizar cursos especiales, pruebas adicionales obligatorias por edad ni abandonar automáticamente la conducción.
Resumen final de los cambios principales desde el 1 de octubre de 2026
La reforma del Reglamento General de Circulación introduce nuevas medidas de protección para usuarios vulnerables, especialmente para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos. Los patinetes tendrán nuevas obligaciones de edad, casco y elementos reflectantes. Los motoristas tendrán mayores exigencias de equipamiento de seguridad. Se refuerzan las normas urbanas para mejorar la convivencia entre vehículos y peatones.
Para los conductores mayores de 70 años no se establece ninguna nueva restricción específica. La normativa continúa basándose en la capacidad de conducción y en los reconocimientos médicos periódicos. La edad no supone por sí misma la pérdida del derecho a conducir.
