Nota del autor: Este artículo forma parte de la serie dedicada a la Historia de España y analiza la Constitución de 1978, la norma fundamental que estableció el actual sistema democrático y continúa siendo el marco jurídico del Estado español.
Tras las primeras elecciones democráticas celebradas en 1977, las nuevas Cortes asumieron la tarea de redactar una Constitución que sustituyera definitivamente las leyes fundamentales del franquismo. El objetivo era dotar a España de un marco jurídico estable, democrático y aceptado por la mayor parte de la sociedad.
El texto constitucional fue elaborado por representantes de distintas formaciones políticas, conocidos popularmente como los «padres de la Constitución». Entre ellos se encontraban Gabriel Cisneros, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, José Pedro Pérez-Llorca, Gregorio Peces-Barba, Jordi Solé Tura, Manuel Fraga Iribarne y Miquel Roca Junyent. A pesar de sus diferencias ideológicas, lograron alcanzar acuerdos que permitieron redactar un texto de amplio consenso.
El 6 de diciembre de 1978, los españoles aprobaron la Constitución mediante referéndum con una amplia mayoría de votos favorables. Posteriormente fue sancionada por el rey Juan Carlos I y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 1978, entrando en vigor ese mismo día.
La Constitución define a España como un Estado social y democrático de Derecho, en el que la soberanía nacional reside en el pueblo español. Establece una monarquía parlamentaria como forma política del Estado, garantiza la separación de poderes y reconoce un amplio catálogo de derechos y libertades fundamentales, como la libertad de expresión, de reunión, de asociación, la igualdad ante la ley y la tutela judicial efectiva.
Otro de sus aspectos más relevantes fue la organización territorial del Estado mediante el denominado Estado de las Autonomías. La Constitución reconoció el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran España, permitiendo la creación de las actuales comunidades autónomas con distintos niveles de autogobierno dentro de un mismo Estado.
Desde su entrada en vigor, la Constitución ha proporcionado el marco legal para el funcionamiento de las instituciones democráticas españolas. Aunque ha sido objeto de debates políticos y propuestas de reforma, solo ha sido modificada en dos ocasiones: en 1992, para adaptar el derecho de sufragio de los ciudadanos de la Unión Europea en las elecciones municipales, y en 2011, para introducir el principio de estabilidad presupuestaria en el artículo 135.
La Constitución de 1978 representa uno de los principales consensos alcanzados durante la Transición democrática. Más de cuatro décadas después de su aprobación, continúa siendo la norma suprema del ordenamiento jurídico español y el marco sobre el que se organiza la vida política e institucional del país. En el próximo capítulo analizaremos la evolución de España desde su incorporación a las instituciones europeas hasta convertirse en una democracia plenamente integrada en la Unión Europea.
Revisión histórica
Elecciones constituyentes: 1977.
Referéndum constitucional: 6 de diciembre de 1978.
Entrada en vigor: 29 de diciembre de 1978.
Los siete ponentes constitucionales están correctamente identificados.
España se define como un Estado social y democrático de Derecho.
Se establece la monarquía parlamentaria.
Se reconoce el Estado de las Autonomías.
Reformas constitucionales de 1992 y 2011 correctamente reflejadas.
