La llamada Ley de Nietos, aprobada en 2022 bajo el paraguas de la memoria democrática, merece una reflexión crítica. Una cosa es reparar las injusticias sufridas por quienes tuvieron que exiliarse durante la Guerra Civil y la dictadura, y otra muy distinta extender la nacionalidad española a descendientes de emigrantes que abandonaron España por razones económicas mucho antes de 1936. No todos los emigrantes fueron exiliados políticos, aunque la interpretación administrativa de esta ley permita acceder a la nacionalidad sin acreditar necesariamente el exilio.
Esta situación me recuerda al escándalo de los llamados oriundos del fútbol español durante el franquismo y la Transición. Futbolistas sudamericanos que, acreditando supuestos ascendientes españoles, podían eludir las restricciones impuestas a los extranjeros. Aquello terminó convirtiéndose en un auténtico espectáculo de partidas de nacimiento manipuladas, parentescos inventados y falsificaciones documentales. No afirmo que ahora esté sucediendo lo mismo, pero la historia debería enseñarnos que los procedimientos basados en ascendencias lejanas necesitan controles especialmente rigurosos.
Conviene recordar, además, que nuestro Código Civil ya contempla un tratamiento especial para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Filipinas, Portugal, Andorra y Guinea Ecuatorial, entre otros supuestos. Estas personas pueden solicitar la nacionalidad española tras dos años de residencia legal, frente a los diez años exigidos con carácter general. No se trata de una concesión política reciente, sino de una regulación histórica basada en determinados vínculos con España. Sin embargo, la Ley de Nietos permite adquirir la nacionalidad sin haber residido jamás en nuestro país.
Y aquí aparece el verdadero agravio comparativo: mientras miles de extranjeros viven, trabajan, cotizan y cumplen nuestras leyes durante años para poder solicitar la nacionalidad, otras personas pueden obtenerla desde el extranjero acreditando una determinada ascendencia española. Todo ello puede ser perfectamente legal, pero no necesariamente justo ni coherente. Además, hablamos de una nacionalidad que también concede la ciudadanía europea y derechos políticos. ¿No debería exigirse una comprobación especialmente rigurosa cuando sus consecuencias trascienden nuestras fronteras?
La memoria histórica merece respeto, pero no debería convertirse en un cheque en blanco legislativo. Si queremos reparar el exilio, reparemos el exilio; si queremos reconocer a los descendientes de emigrantes, debatámoslo abiertamente y establezcamos criterios claros. Lo preocupante no es que existan diferentes vías legales para adquirir la nacionalidad, sino que una medida excepcional pueda alcanzar situaciones muy alejadas de su justificación histórica. Porque España ya conoció el espectáculo de los falsos oriundos, y sería lamentable que, medio siglo después, volviéramos a confundir un árbol genealógico con un verdadero vínculo con nuestro país.
